Juristas y especialistas en derecho señalan que la iniciativa, remitida al Parlamento, es inconstitucional y aumenta la influencia de la justicia federal en la política
Sin diferencias sustanciales con la propuesta original que impulsaba el PRO pero que naufragó el año pasado, este lunes ingresó a la Cámara de Diputados el proyecto conocido como “Ficha Limpia” del Poder Ejecutivo, destinado a impedir que se postulen para cargos electivos quienes tienen condenas en causas de corrupción en segunda instancia.
Uno de los pocos puntos novedosos del texto presentado es el que especifica que quedan excluidos los casos de condenas dictadas en el mismo año en que se realiza una elección. Otro dice que las mismas restricciones aplican a las designaciones de jefe de Gabinete, ministros, secretarios, subsecretarios entre otros cargos
En el propio Gobierno admiten que querían mostrar que no hay ningún pacto con el kirchnerismo, lo que confirma que se busca proscribir a Cristina Fernández de Kirchner. Toda la regulación está destinada a la polémica porque choca con la jurisprudencia, desconoce el principio de inocencia, le suma poder a Comodoro Py en el manejo de las causas, jaquea los derechos políticos y pactos internacionales y hay quienes dicen que implica una aplicación retroactiva que está vedada.
“A simple vista es contradictorio establecer que no se computarán las sentencias dictadas en el mismo año del proceso electoral, con el propósito (dice el proyecto) de ‘quitarle influencia política a las sentencias que puedan ser dictadas en años electorales’ y pretender aprobar esta norma en un año electoral, sabiendo que tendrá como efecto evitar que pueda participar la lideresa del principal partido de oposición. Eso solo le quita seriedad al proyecto”, observa Manuel Garrido, quien fue fiscal de Investigaciones Administrativas y director de la Oficina Anticorrupción. El gobierno completa su argumentación con lo que para el exdiputado y director de Innocence Proyect Argentina es otra falacia: decir que apuesta a evitar que se utilicen las decisiones judiciales “como medio para afectar las elecciones” y que “la política intente influenciar las decisiones judiciales con fines electorales. “En un país donde uno de los problemas más graves de corrupción está en los tribunales de Comodoro Py, esta ley les daría más poder todavía. Como iniciativa anticorrupción constituye, además, un incentivo para seguir manipulando designaciones y haciendo lobby sobre los tribunales federales”, agrega.
Detalles del proyecto
Milei firmó el proyecto el viernes, antes de viajar a Estados Unidos. Le había pedido colaboración al abogado Alejandro Fargosi, también al ministro de Defensa, Luis Petri (autor de una iniciativa anterior), y pasó por despachos del Ministerio de Justicia. La versión que se iba a tratar el año pasado, de la diputada del PRO Silvia Lospennato naufragó porque dos representantes de esas filas y ocho libertarios no dieron quorum
El Gobierno pareció caer mal parado y se tejieron versiones absurdas sobre una alianza con el kirchnerismo, de las que ahora intenta salir con un nuevo texto, tanto o más controvertido que el anterior. Aunque hay un dictamen de las comisiones de asuntos Constitucionales y de Justicia, la Libertad Avanza intentaría que se vuelva a tratar para incorporar los cambios antes del debate en el recinto.
¿Quiénes no se podrán postular a cargos electivos? Personas condenadas en segunda instancia (juicio oral y Cámara de Casación Penal) por los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, de cohecho y tráfico de influencias, malversación de caudales, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas y enriquecimiento ilícito. La restricción temporal en esta posible modificación a la ley orgánica de los partidos políticos está planteada así: «El supuesto previsto en el presente inciso se aplicará únicamente en los casos en que la condena impuesta hubiera sido confirmada en segunda instancia, dictada antes del 31 de diciembre del año anterior al proceso electoral, en la que se hubiera confirmado la comisión de al menos uno de los delitos establecidos en la sentencia de primera instancia, aunque modifique la pena impuesta». Si la sentencia se firma desde el 1 de enero del año en que se llevan adelante los comicios se tendrá en cuenta para las elecciones que se harán dos años después.
El proyecto dispone que la Cámara Nacional Electoral llevará un Registro Público de Ficha Limpia en donde constarán las sentencias de segunda instancia que confirmen al menos uno de los delitos de la condena en la instanci anterior, sus eventuales revocaciones y los datos de las personas alcanzadas por dichas sentencias. La iniciativa extiende la prohibición a los condenados por actos de corrupción para desempeñarse como jefe de Gabinete, ministro, secretario, subsecretarios o en organismos descentralizados, entes de servicios públicos, en la Cancillería y en empresas públicas.
Para que sea aprobada en diputados, esta modificación legislativa requiere mayoría agravada, 129 diputados/as y 37 senadores/as. No parece tan nítido el camino a la aprobación. Por este y otros asuntos el gobierno intentará desde este martes un acercamiento con la oposición amigable, tal como convocó el jefe de Gabinete, Guillermo Francos