Lo hizo en el marco del programa Mi Escritura, Mi Casa. En ese sentido el gobernador señaló que esta herramienta que brinda el estado bonaerense está “subsanando una demora muy larga que ha llevado a que cerca de 800 mil bonaerenses no cuenten con los títulos que acreditan la propiedad sobre sus viviendas”.
«Este es un acto de justicia que permite valorar lo que les pertenece a nuestros vecinos y vecinas producto de su trabajo y de su esfuerzo”
«Este es un acto de justicia que permite valorar lo que les pertenece a nuestros vecinos y vecinas producto de su trabajo y de su esfuerzo”, afirmó Kicillof y remarcó que se trata de una «reparación» impulsada desde la provincia y que está próxima a entregar «100 mil escrituras de forma totalmente gratuita».
Además el mandatario provincial aseguró que la importancia de esto radica en que “si no se cuenta con la escritura, se ven impedidos otros derechos como obtener un crédito para arreglar la casa y darle continuidad al esfuerzo de los mayores con la posibilidad de legar el bien a las próximas generaciones”.
¿De qué trata el programa y cuáles son los requisitos?
La iniciativa impulsada por el gobierno bonaerense a principios de 2020 busca brindar apoyo jurídico a quienes no puedan hacerse cargo de los honorarios de un escribano particular. De esta manera, a partir de este programa de escrituración social la provincia otorga a las y los bonaerenses los títulos de sus inmuebles y lotes.
Los requisitos necesarios para acceder al plan son los siguientes:
• Fotocopia del Boleto de Compra-Venta, convenio de donación y sus cesiones (en caso de existir).
• Formulario con los datos personales de vendedores/as y/o apoderados/as.
• Formulario de autorización del vendedor/a y/o apoderado para escriturar de acuerdo a lo establecido por la Ley 10.830.
• Formulario con los datos personales de compradores y/o apoderados/as.
• Declaración Jurada de Vivienda Única y Ocupación Permanente.
• Fotocopia de los D.N.I de compradores/as, vendedores/as y apoderados/as.
• CUIT/CUIL/CDI según corresponda del comprador/a, vendedor/a y apoderado/a.
• Justificación de tu estado civil, acompañando documentación que acredite la condición de viudo/a, divorciado/a, casado/a o unión convivencial, según los casos.
• Fotocopia de la escritura anterior (a nombre del vendedor/a o su original).
• Certificado de cancelación de deuda expedido por el vendedor/a (en caso de corresponder).
• Fotocopia de un impuesto de ARBA o constancia de valuación fiscal.
• La valuación fiscal de la vivienda tiene que ser igual o menor que $1.731.000 y la del terreno igual o menor que $ 865.800.