Industria puso en marcha régimen de incentivos para fabricantes de Bienes de Capital

La Secretaría de Industria puso en marcha el nuevo régimen de incentivos para fabricantes de Bienes de Capital, a través de la resolución 151/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Se trata de un nuevo régimen, que «será más ágil e incorpora mejoras en la gestión», resaltó Industria mediante un comunicado

El mismo otorga beneficios a las empresas del sector que exporten, inviertan en investigación y desarrollo, y realicen certificaciones de calidad, con el objetivo de favorecer al cambio de la estructura productiva de la Argentina.
En esa línea, señaló que también se puso en marcha el Fondo para el Desarrollo y la Inversión en Manufactura Avanzada (Fondima) para financiar inversiones productivas.
Al respecto, el secretario José de Mendiguren, indicó que «este régimen es una política industrial federal y transversal para un sector que es la madre de todas las industrias, y tiene un impacto directo en muchas economías provinciales y en muchos sectores productivos”.
De Mendiguren destacó además la importancia de brindar “herramientas concretas para que las empresas puedan seguir creciendo y contribuir al cambio de la estructura productiva que Argentina necesita para salir del atolladero actual y avanzar al desarrollo”.
La resolución de hoy concluyó la reglamentación del decreto 209/22 y aprobó el Reglamento Operativo para la solicitud anual del Bono Fiscal, que tendrá lugar entre abril y julio de cada año.
De esta manera, se establece el procedimiento, los requisitos y la documentación para la solicitud del bono y se reglamentan los beneficios para que los fabricantes de bienes de capital puedan contar con mayor previsibilidad y agilidad en los procesos administrativos, e incorporar tecnologías innovadoras.
En tanto, precisaron que el bono de crédito fiscal anual será respecto de Ganancias, el 40% del valor resultante de multiplicar el total del impuesto del ejercicio fiscal inmediato anterior al de la petición por el porcentaje de facturación de la venta de los bienes fabricados comprendidos en el régimen.
En cuanto a investigación y desarrollo, será el 80% del monto de las inversiones efectuadas en I+D por hasta un 2,5% de la facturación de la venta de los bienes fabricados por cuenta propia en caso de mipymes y hasta un 2% de la facturación efectuada por dicho concepto para el resto de las empresas.

En el caso de exportaciones, el 60% de los reintegros autorizados por productos comprendidos en las posiciones arancelarias de bienes de capital

Y en cuanto a las normas de calidad, 30% para mipymes y 15% para el resto, de la sumatoria de los montos de beneficio percibidos en concepto de reducción de contribuciones patronales y el beneficio sobre Ganancias, para aquellas empresas que acrediten la realización de mejoras continuas en la calidad de sus productos y procesos, mediante la certificación de normas de calidad.
La nueva normativa reglamenta asimismo la implementación del Fondo para el Desarrollo y la Inversión en Manufactura Avanzada (Fondima) para financiar inversiones productivas relacionadas con la actividad que fomenta el régimen, siempre que sean innovadores, de calidad y fomenten las exportaciones, así como también fortalecer el sistema de científico tecnológico asociado.
Finalmente, el régimen «contempla la reducción del 90% de contribuciones patronales para mipymes sobre el total de la nómina y del 70% para el resto aplicado a aquellos empleados que se encuentren afectados o afectadas a la fabricación de los bienes de capital», indicó Industria.